lunes, 25 de junio de 2012

ESTATUTOS indígenas eliminan la figura del alcalde

http://www.cambio.bo/regiones/20120625/estatutos_indigenas_eliminan_la_figura_del_alcalde_73870.htm

Regiones 

Las naciones indígena originario campesinas, según sus usos y costumbres, determinan el nombre para su máxima autoridad del Órgano Ejecutivo y de los miembros del Órgano Legislativo.

POLICARPIO TOLEDO ARCE - Cambio


La figura de alcalde no va más en los municipios que optaron por la conversión a la autonomía indígena originario campesina. De acuerdo con los estatutos, cada nación designa a sus autoridades con los nombres que establecen sus usos y costumbres.

Jiliri irpiri, capitán grande, kuraka, cacique, mburubicha, lanqsñi pakh ma-eph, jatun kamachi, entre otros, son los denominativos con que se conocerá a la máxima autoridad ejecutiva.

El viceministro de Autonomías Indígena Originario Campesinas y Organización Territorial, Gregorio Aro Rasguido, en una entrevista exclusiva con Cambio, explicó que cada nación indígena determina de manera soberana y por sus usos y costumbres el nombre que llevará la máxima autoridad del Órgano Ejecutivo edilicio.

“Las autoridades llevarán la denominación que corresponda a cada pueblo, nación y comunidad, establecida en su estatuto y en sujeción a la Constitución Política del Estado. Por ejemplo, puede denominarse concejo, asamblea, cabildo, vapitanías (entidad colegiada), y la entidad unipersonal podrá ser el jiliri mallku, kuraka, capitán grande, cacique. Todo será según la nación y la ubicación de la región”, manifestó.

El gobierno autónomo indígena originario campesino está conformado por el Órgano Legislativo y el Ejecutivo, reflejado en su Estatuto Autonómico. El documento debe ser elaborado de manera participativa, según normas y procedimientos propios y formas de organización.

En Bolivia, un total de 11 municipios optaron por la conversión a la autonomía indígena originaria campesina en 2009, cinco de los cuales ya presentaron sus estatutos autonómicos indígenas al Tribunal Constitucional Plurinacional para su respectiva revisión.

Se trata de los municipios Mojocoya, Charagua, Totora Marka, Uru Chipaya y Marka Pampa Aullagas, que el viernes entregaron sus estatutos tras un largo proceso de consenso.

“Hay un avance muy importante en el proceso de elaboración de los estatutos autonómicos, de acuerdo con la Constitución, Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”, agregó la autoridad.

Autoridades

El Estatuto del Gobierno Autonómo de Totora Marka establece el denominativo de su máxima autoridad ejecutiva como Jiliri Irpiri, y al Órgano Legislativo como Jiliri Uñanchayiri.

Entretanto, la Nación Uru Chipaya determina en su estatuto que su máxima autoridad será el Lanqsñi Pakh ma-eph y el Laymis Parla para el Órgano Legislativo. Ambos tendrán un mandato de cuatro años.

El Estatuto Autonómico Indígena Originario Campesino de Mojocoya denomina a su máxima autoridad como el Jatun Kamachi y al Legislativo como Asamblea.

En el caso de Marka Pampa Aullagas, su estatuto reconoce el Kamachi Phuqhayiri como la máxima autoridad del Órgano Ejecutivo y Ulaqa Unanchiri al Legislativo.

Por su lado, Charagua tiene al Capitán Grande para el Ejecutivo y el Cabildo para el Legislativo.


DATOS
• Cinco estatutos autonómicos indígenas fueron entregados al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para su revisión.
• Once municipios del país optaron en 2009 por la conversión a la autonomía indígena originaria.
• Seis municipios se encuentran en pleno proceso de elaboración de sus estatutos.

Principios fundamentales

  • Totora Marka Oruro: el estatuto expresa las cuatro dimensiones de la chakana, que son:  ajayu (querer), yatiña (saber), luraña (hacer) y atiña (poder). Uru Chipaya: representa en su estructura orgánica a la pachamama, sol, luna y estrellas.
  • Marka Pampa Aullagas: basado en la cosmovisión andina de jach’akana, que refleja en la estructura del ayllu el principio de vida, equilibrio cósmico, político, económico, social, cultural.
  • Mojocoya: basado en normas y procedimientos propios y ancestrales.
  • Charagua: normas y procedimientos propios son sus pilares fundamentales.


Opiniones

Gregorio Aro Rasguido - Viceministro
Hemos estado coadyuvando técnica y jurídicamente, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, en el proceso de elaboración de los proyectos de estatutos en aquellos municipios en proceso de conversión a la autonomía indígena originaria campesina.

Óscar Copa - Pampa Aullagas
Por primera vez se toma en cuenta a los pueblos indígenas. Ahora tenemos la oportunidad de plasmar en un documento, que es nuestro Estatuto Autonómico Indígena, todas nuestras vivencias y tradiciones, la forma de elección de autoridades y nuestra justicia originaria, de acuerdo a nuestro uso y costumbre.

Andrés Maturana - Mojocoya
Fue un largo proceso de consenso y ahora para nosotros la mayor expectativa es que, al aprobar nuestro Estatuto por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, nosotros consolidemos mediante el voto popular y soberano del pueblo nuestra forma de vida de a cuerdo con nuestra visión y cultura.

Gualberto Apaza - San Pedro de Totora
Fueron largas las jornadas de trabajo hasta concluir nuestro Estatuto. El documento lo hemos elaborado según nuestros usos y costumbres. Esperamos mejorar la calidad de vida de nuestro pueblo, porque este estatuto está hecho según nuestros saberes de vida y respetando nuestros principios fundamentales.

Zacarías Huarachi - Uru Chipaya
Nuestra labor tiene el objetivo de consolidar nuestro autogobierno, y el estatuto que hemos elaborado refleja ese fin. Me siento muy contento al entregar nuestro estatuto al Tribunal Constitucional. Tiene para nosotros mucho significado porque consolidamos un sueño que durante años hemos venido reclamando.

Ruth Yarigua - Charagua
Somos cuatro capitanías demandantes de la Autonomía Indígena Iyambae de Charagua, y para nosotros es un orgullo haber concluido nuestro estatuto tras un largo trabajo de consenso. Agradecemos a Dios por permitirnos concluir nuestra labor. Es para los pueblos indígenas de Bolivia un hecho histórico.

Se reconoce el derecho de los pueblos


Con la promulgación de la Nueva Constitución Política del Estado, de 7 de febrero de 2009, se inicia la demanda de implementación de las autonomías indígena originario campesinas.

El 2 de agosto de 2009 se encaminan las autonomías indígena originario campesinas a través de  un decreto supremo promulgado  por el presidente del  Estado Plurinacional, Evo Morales Ayma, en Camiri, Santa Cruz. La norma establece los procedimientos, requisitos y mecanismos para acceder a la autonomía indígena originario campesina.

El 6 de diciembre de 2009 se consolidan las autonomías indígena originario campesinas a través de la consulta de referéndum. Respetando la voluntad democrática de los habitantes, 11 municipios optaron por el proceso de conversión a la autonomía indígena originario campesina.

Antecedentes de la autonomía

El viceministro Gregorio Aro afirma que las movilizaciones indígenas constituyen otro hito histórico para la consolidación de las autonomías indígena originario campesinas, resistiendo las iniciativas republicanas dirigidas a liquidar sus tierras, afectando sus jurisdicciones territoriales.

En ese contexto, la autoridad estatal señala el levantamiento de Pablo Zárate Willka exigiendo un pacto indígena mestizo de recomposición del poder político.

Asimismo, en 1920, el levantamiento de Jesús de Machaca demandando el reconocimiento de sus autoridades tradicionales o originarias.

En 1973, el manifiesto de Tiwanaku a la autodeterminación frente a las relaciones del colonialismo interno que expresaban opresión de las nacionalidades originarias.

En 1990, marcha indígena de tierras bajas por territorio y dignidad.

El año 2006, la Asamblea Constituyente dio paso a un proceso histórico de refundación de Bolivia para descentralizar el poder político y los recursos hacia a las regiones, naciones y pueblos indígena originario campesinos, en busca de una justicia social.

“En 2009 dejamos atrás el Estado centralista y monocultural y pasamos a un Estado Plurinacional con diferentes niveles autonómicos que permite la participación y el autogobierno de todos los bolivianos y las bolivianas”, añadió el viceministro Aro.